TEXT_SIZE

¿Qué es un Colegio Profesional?

inte6¿Qúe es un Colegio Profesional?

y para qué sirve o debería servir...

 

Tenemos constancia de los primeros colegios profesionales en la Edad Media.

En esta época surgen como órgano de expresión de los dos núcleos profesionales típicos de la Universidad medieval: los jurídicos y los sanitarios.

Durante el siglo XIX el liberalismo doctrinario intentó eliminarlos argumentando que su funcionamiento era tan anacrónico como los gremios pero no se consiguió.

En la sociedad española, los Colegios profesionales cuentan con una larga tradición pero se empiezan a configurar, tal y como hoy los conocemos, a partir del segundo tercio del siglo XIX. En la actualidad España cuenta con medio centenar de profesiones profesionales repartidas en cerca de mil colegio profesionales.

Los colegios profesionales están definidos en el artículo 1 de la ley 2/1974, de 13 de febrero, como corporaciones de derecho público, amparadas por la Ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

La Constitución Española también hace referencia a estas entidades en el artículo 36:

" La Ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los colegios deberán ser democráticos ".

La ley 2/1974 regula la organización y el funcionamiento de los Colegios del modo más amplio posible en consonancia con el carácter profesional de los fines colegiales. Es un instrumento de participación de los españoles en las funciones públicas de carácter representativo.

El objetivo de estos organismos es la ordenación del ejercicio de las profesiones, representación exclusiva de las mismas y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados, todo ello sin perjuicio de la competencia de la Administración Pública por razón de la relación funcionarial y de las específicas de la Organización Sindical en materia de relaciones laborales.

Según el artículo 3 de la ley 2/1974 aquellas personas que tengan la titulación requerida y reúna las condiciones señaladas estatutariamente tendrán derecho a ser admitido en el colegio profesional que corresponda.

Existen profesiones que exigen, para poder desempeñar las tareas laborales, hallarse inscrito en el colegio correspondiente. Cuando una profesión se organice por Colegios territoriales bastará la incorporación a uno sólo de ellos, que será el del domicilio profesional único o principal para ejercer en todo el territorio del Estado, sin que pueda exigirse por los Colegios en cuyo ámbito territorial no radique dicho domicilio habilitación alguna ni el pago de contraprestaciones económicas distintas de aquellas que exijan habitualmente a sus colegiados por la prestación de los servicios de los que sean beneficiarios y que no se encuentren cubiertos por la cuota colegial.

Las diferentes legislaciones autonómicas que afectan a los Colegios Profesionales hacen que el profesional deba adaptarse a diferentes normativas, dependiendo del territorio en el que desarrolle su labor profesional.


- Polémica entorno a la validez de los Colegios Profesionales

Existen distintos grupos profesionales que muestran su desacuerdo con respecto a la rigidez que impera en muchos colegios y se han unido para protestar contra el poder establecido y trazar objetivos comunes.

Las críticas se centran en reivindicar que son instituciones caducas en el mundo actual con un exceso de corporativismo e incapaces de dar respuestas a los problemas cotidianos que se encuentran en la profesión

Algunas de las asociaciones más destacadas son la Asociación Libre de Abogados, la Asociación de Médicos por la Medicina Pública y la denominada Arquitectos sin Fronteras.

 

Fuente: Universia

Comentarios
Buscar RSS
juankaz  - sobre los Coles...   |SAdministrator |2009-07-25 12:13:21
Hola:

Gracias a Dani, ya tenemos más o menos claro lo que es un Colegio
Profesional...
Ahora, estaría bien que alguien se "currara" o buscara
la informacion referente a los Colegios Profesionales de Educadores en España:
historia, cronologia, etc
¡Venga! vamos a poner tod@s nuestro granito de
arena.
Si alguien tiene algo que me lo mande por mail.
juankaz@movaes.org
Edu So   |82.159.59.xxx |2009-07-30 18:16:51
Los trabajadores/as Sociales tienen colegio profesional, no se si será una
institución caduca, pero el reconocimiento de la profesion de trabajo social es
mayor que la de educación social, son ya varias las oposiciones de las que han
"sacado" a los educadores/as sociales de la convocatoria por que se ha
presentado allí el colegio diciendo que el perfil idóneo era de trabajo social
bla, bla, bla.
aramar   |84.125.215.xxx |2009-07-31 10:10:33
Fíjate en la gran diferencia entre los colegios de TS, que sí que luchan por
los intereses de sus TS, vamos que nos llegaron a sacar de uns opos. olé!! por
este colegio, cumple irrefutablemente con su función; y los colegios de ES,
como COPESA que intenta anular unas opos. favorables para sus ES diplomados,
ver-gon-zo-so......
Edu So   |82.159.59.xxx |2009-07-31 17:15:50
Nos sacaron de la OPO por que no teníamos colegio.
El colegio de Cataluña ha
conseguido cambiar oposiciones que en principio eran para técnico de juventud
demostrando que eran funciones de ES. Lo de Andalucia no lo conozco, pero
supongo que la oposición saldrá igualmente, si hacen falta ES tendrán que
convocarla ,otra cosa es que admitan habilitados o no, pero a los diplomados no
les pueden excluir. En el colegio de Andalucia hay diplomados?, si los hay en
las próximas elecciones supongo que elegirán otra junta de gobierno
Anónimo   |217.125.31.xxx |2010-04-24 16:47:33
Quiero decir algo que pienso. La habilitación no da otro derecho que el de
colegiarse, no es una homologación de los estudios. De este modo en los
Colegios cada vez hay más habilitados que educadores sociales de pleno derecho
que pagan sus cuotas. Al fin y al cabo los colegios profesionales viven de las
cuotas de los colegiados y defienden a quienes representan, por ese motivo
pienso que es necesario que los educadores sociales estemos colegiados.
aramar   |83.40.9.xxx |2010-04-24 19:47:06
Sí los Es deberíamos colegiarnos en colegios que nos representen; y que no
confundan habilitación y titulación, como es el caso de algunos
colegios.
¿Sabías que hubo un colegio que en unas opos. donde se exigía la
titulación de ES solamente, le sentó mal que no puedieran presentarse sus
habilitados y las impugnó, ocasionando un retraso infinito y gran daño s us
diplomados?


Pues eso, espero que pronto los colegios nos representen a los
ES diplomados.
Por ahora, no me colegio,, no voy a financiar a mis propio
enemigo,je,je,je
¡Sólo los usuarios registrados pueden escribir comentarios!

3.26 Copyright (C) 2008 Compojoom.com / Copyright (C) 2007 Alain Georgette / Copyright (C) 2006 Frantisek Hliva. All rights reserved."

Proximante...

Suscríbete!!!

Adhesiones

Victoria Barcelona
jkmwDkRcdJEqjFzgHhedxPRKmrRAUowZPKHi
OVHTeEQmRcBsurGMGUpwgfnemh
ASBZeleEDAUqOfpueJSGtvaULO
TmVpmnQbmArgkOXXEXQAgkUExH
qjzqxgwwdqNY
RaquelCaceres
oyyxzwdjNY
jesusburgos
roberto carlosgimeno

En el chat...

No users online

Encuesta

¿Qué le pedirías a tu Colegio Profesional?

Intranet

espamovaes

Acceso

Laboral

Opcionempleo
does viagra work for women | price of viagra | cheap generic viagra | buy viagra | discount viagra | viagra purchase | information about viagra | female use of viagra | free viagra